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Ayudas y subvenciones

Programa Auto+: ayudas para comprar vehículos eléctricos

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Revisado por el equipo de Angarie Asesores

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El Programa Auto+ es la ayuda estatal para comprar vehículos eléctricos y electrificados, regulada por el Real Decreto 609/2026 y vigente hasta el 31 de diciembre de 2030. Tiene dos líneas: la Línea 1 para particulares sin actividad económica y la Línea 2 para empresas y autónomos. Para un turismo eléctrico, la ayuda máxima es de 4.500 € para un particular y puede llegar a 6.000 € para un autónomo o una microempresa, y se suma un descuento mínimo de 1.000 € que aporta el concesionario. La convocatoria de la Línea 1 para 2026 está abierta desde el 4 de agosto y hasta el 31 de diciembre de 2026, con 350 millones de euros.

Qué es el Programa Auto+

Es el programa estatal de ayudas para comprar vehículos eléctricos y electrificados. Sustituye en la práctica al esquema de incentivos anterior y tiene una diferencia importante respecto a otros: está pensado para durar. El real decreto que lo regula fija su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2030.

Se articula en dos líneas que no se solapan:

  • Línea 1, para personas físicas mayores de edad que no realicen una actividad económica y tengan residencia legal en España.
  • Línea 2, para empresas con personalidad jurídica propia y personas físicas que desarrollen actividades económicas, es decir, autónomos.

Elegir la línea equivocada es uno de los motivos habituales de que una solicitud se caiga.

Cuánto se puede recibir

Estos son los importes máximos que fija el real decreto, según quién compra y qué compra:

VehículoLínea 1 (particulares)Línea 2 (autónomos y microempresas)Línea 2 (resto de empresas)
Turismo (M1)4.500 €6.000 €4.500 €
Furgoneta (N1)5.000 €7.500 €5.000 €
Motocicleta (L3e, L4e, L5e)1.100 €1.100 €1.100 €
Cuadriciclo (L6e, L7e)1.500 €1.500 €1.500 €

A esa cantidad hay que sumarle otra cosa: el real decreto obliga a los fabricantes y concesionarios adheridos a aplicar un descuento mínimo de 1.000 € por operación. Ese descuento se acumula a la subvención pública, de modo que en el caso de un turismo eléctrico comprado por un particular el ahorro máximo total llega a 5.500 €.

Un límite lógico pero que conviene recordar: el importe de la ayuda no puede superar el coste de adquisición del vehículo.

Qué vehículos entran

Las categorías admitidas son:

  • M1: turismos.
  • N1: furgonetas y vehículos ligeros de hasta 3.500 kg.
  • L3e, L4e, L5e: motocicletas.
  • L6e, L7e: cuadriciclos.

El requisito clave es que el vehículo tenga etiqueta ambiental CERO de la DGT. Entran tanto los eléctricos puros (incluida la pila de combustible) como los electrificados de autonomía extendida y los híbridos enchufables que alcancen esa etiqueta.

También hay un límite de precio: para turismos, el real decreto sitúa el tope en 45.000 €, con un umbral más exigente de 35.000 € para acceder al tramo reforzado de ayuda.

Cuándo: normativa y convocatoria no son lo mismo

Esta distinción es la que más confusión genera con cualquier subvención, y merece la pena tenerla clara:

La normativa del programa es el Real Decreto 609/2026, publicado en el BOE el 23 de julio de 2026 y en vigor desde el 24 de julio. Regula el programa completo hasta 2030.

La convocatoria es lo que abre efectivamente el plazo para pedir el dinero de un año concreto. La de la Línea 1 para 2026 está abierta:

  • Desde: 4 de agosto de 2026, a las 10:00 (hora peninsular).
  • Hasta: 31 de diciembre de 2026, a las 14:00.
  • Presupuesto: 350 millones de euros.

Que el plazo termine el 31 de diciembre no significa que haya dinero hasta esa fecha. El presupuesto es limitado y las solicitudes se atienden con reserva automática de crédito, así que puede agotarse antes.

Para la Línea 2 (empresas y autónomos), el real decreto reserva 50 millones de euros en 2026. Antes de contar con ella, hay que comprobar el estado exacto de su convocatoria: no des por hecho que está abierta solo porque lo esté la Línea 1.

Cómo se solicita

La tramitación es electrónica, a través del sistema telemático de gestión (STG) del ministerio. Hay dos formas de presentarla:

  1. Tú mismo, con firma electrónica avanzada.
  2. A través de un representante. El real decreto contempla expresamente como tales a los concesionarios, puntos de venta y empresas de renting o leasing financiero.

El sistema hace reserva automática de presupuesto en el momento de la solicitud, lo que en la práctica significa que el orden de llegada importa.

La parte retroactiva, que casi nadie mira

La convocatoria de 2026 incluye una disposición transitoria que amplía hacia atrás los vehículos elegibles: entran matriculaciones nuevas desde el 1 de enero de 2026 y, en determinados supuestos, vehículos anteriores desde el 1 de enero de 2025.

Si compraste un coche eléctrico a principios de año y diste por perdida la ayuda, merece la pena revisarlo.

Errores que hacen perder la ayuda

  • Solicitar por la línea equivocada. Un autónomo que pide por la Línea 1 tiene la solicitud mal desde el minuto uno.
  • Comprar un vehículo sin etiqueta CERO dando por hecho que «es híbrido y entra».
  • Superar el límite de precio sin haberlo comprobado antes de firmar.
  • Dejarlo para diciembre. Con presupuesto limitado y reserva por orden de llegada, esperar es arriesgado.
  • No guardar la documentación de la compra en el formato y con los datos que exige la convocatoria.

Qué hacemos nosotros

Revisamos si el vehículo y tu situación encajan en la convocatoria, preparamos la documentación y presentamos la solicitud correctamente y en plazo.

Lo que no podemos hacer, y no lo va a poder hacer nadie, es garantizarte la concesión: eso corresponde al organismo convocante y depende, entre otras cosas, de que quede presupuesto. Lo que sí evitamos es que la solicitud se caiga por un defecto de forma.

Preguntas frecuentes

¿Hay que achatarrar un coche viejo para pedir la ayuda?

El Real Decreto 609/2026 no establece el achatarramiento como condición general para acceder a la ayuda, a diferencia de lo que ocurría en otros programas anteriores. Como cada convocatoria puede introducir condiciones propias, conviene comprobar la que esté abierta en el momento de comprar.

¿Puedo pedirla si compro un coche de segunda mano?

El programa se dirige a la adquisición de vehículos nuevos de las categorías previstas con etiqueta CERO. La convocatoria de 2026 admite además vehículos matriculados desde determinadas fechas por su carácter retroactivo, así que es un punto que hay que mirar caso por caso.

¿La ayuda me la descuentan en el concesionario?

No exactamente. La subvención se concede al solicitante, pero la solicitud puede presentarla un representante, y el real decreto contempla expresamente que lo sean los concesionarios, puntos de venta y empresas de renting o leasing financiero. Lo que sí se aplica directamente en factura es el descuento mínimo de 1.000 € que aporta el propio vendedor adherido.

¿Tributa la ayuda en la declaración de la renta?

Las subvenciones para la compra de vehículos han venido teniendo la consideración de ganancia patrimonial en el IRPF del año en que se perciben, salvo que una norma establezca una exención específica. Es una consecuencia que conviene tener en cuenta al hacer números y que revisamos en cada caso.

¿Y si soy autónomo? ¿Voy por la Línea 1 o por la Línea 2?

La Línea 1 es para personas físicas que NO realizan actividad económica. Si eres autónomo, te corresponde la Línea 2, que además contempla importes superiores para autónomos y microempresas en turismos y furgonetas.

¿Hasta cuándo puedo solicitarla?

La convocatoria de la Línea 1 para 2026 se abrió el 4 de agosto de 2026 a las 10:00 y finaliza el 31 de diciembre de 2026 a las 14:00. Es un procedimiento con presupuesto limitado, así que la fecha de cierre no garantiza que quede dinero disponible hasta el final.

Fuentes oficiales

Los datos de esta página se han contrastado con estas publicaciones oficiales. Si vas a tomar una decisión, comprueba siempre la versión vigente.

Contenido informativo. Cada situación requiere un análisis individual: antes de tomar una decisión, consúltanos tu caso concreto.

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